La OMS calcula que 1.300 millones de personas -es decir, 1 de cada 6 en todo el mundo- tienen alg&uacute;n tipo de discapacidad. Se trata de un dato hist&oacute;rico, que abarca a distintos grupos como los adultos mayores y otros con requerimientos de ayuda o compa&ntilde;&iacute;a.&nbsp;Esta cifra tambi&eacute;n abarca a todas las personas de distintas edades, desde las reci&eacute;n nacidas hasta los adultos mayores, que demandan atenci&oacute;n espec&iacute;fica de acuerdo con su condici&oacute;n. Y, obviamente, est&aacute;n incluidas las personas con discapacidades visuales, auditivas, mentales, intelectuales, entre otras. La discapacidad no significa que una persona no pueda y menos a&uacute;n que no deba. Tiene derechos y para que los ejerza en plenitud podemos colaborar con el trato y la forma de relacionarnos: &nbsp; Solo de considerarlo realmente necesario, y en una segunda instancia, dirigirse al acompa&ntilde;ante. &nbsp;Interactuar directamente con ellas, independientemente de que se encuentren acompa&ntilde;adas de otra persona. No tratarles de manera condescendiente. Evitar tratar o hablar de manera infantil. Utilizar un lenguaje f&aacute;cil y accesible facilita la comprensi&oacute;n. As&iacute; que es recomendable dividir las frases en partes. Si se trata de frases complejas, o largas o utilizar ejemplos. La opci&oacute;n de un acompa&ntilde;ante La ley establece que las personas con limitaciones en movilidad, comprensi&oacute;n u otras discapacidades accedan al derecho optativo de tener un acompa&ntilde;ante en transporte, consultas de salud y dentro de edificios escolares. Del total de las personas que cuentan con Certificado &Uacute;nico de Discapacidad (CUD), 84,7% de la poblaci&oacute;n es alcanzada por ley de acompa&ntilde;ante. <p style="text-align: center;">